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¿Cuál es la diferencia entre título valor y título ejecutivo?

Tanto los títulos valores, como los títulos ejecutivos son documentos que contienen una obligación expresa, clara y exigible, es decir, que los dos prestan mérito ejecutivo, pero tienen algunas diferencias.

En este artículo de Loggro, te explicaremos en términos sencillos y directos las generalidades de los títulos valores y títulos ejecutivos y en particular la diferencia que existe entre ellos.

¿Qué es un título ejecutivo?

Los títulos ejecutivos como su nombre lo indica, es un documento que le permite al deudor ejecutar la obligación que tiene que pagar, es decir, debe establecer en qué consiste, qué se debe, el deudor y el acreedor, cuándo expira el plazo para cumplir la obligación; pero lo más importante es que el deudor debe haber firmado el documento.

Tipos de títulos ejecutivos

Los títulos ejecutivos pueden ser:

  • Singulares, cuando la obligación consta en un solo documento.
  • Complejos, cuando constan de varios documentos, como algunos contratos y sus anexos.

También podemos hablar de títulos ejecutivos públicos, aquellos en cuyo otorgamiento interviene una autoridad, por ejemplo, una sentencia judicial; y títulos ejecutivos privados, que son aquellos que se extienden por los particulares sin formalidades legales, como un contrato de arrendamiento o un acta de conciliación.

Requisitos de títulos ejecutivos

Para que un documento se constituya en título ejecutivo debe cumplir con los requisitos señalados en el artículo 422 del Código General del Proceso, en el que se identifican:

  1. La obligación debe estar clara, para saber en que consiste.
  2. Se debe identificar qué se debe, a quién se le debe y quién debe.
  3. La obligación debe ser exigible al tener un plazo para pagarla.
  4. Debe estar firmada por el deudor.

Características de títulos ejecutivos

Todo título ejecutivo contiene una obligación, y el artículo 422 del Código General del Proceso exige que esa obligación debe ser clara, expresa y exigible, obligación que debe provenir del deudor.

Así es que el titulo ejecutivo debe cumplir dos condiciones, una formal y una sustancial:

  • La formal exige que el documento sea auténtico, y que provenga del deudor u obligado.
  • La sustancial exige que el documento contenga una obligación o prestación en beneficio del acreedor, que bien puede ser una obligación de dar, de hacer o no hacer, y es esa obligación es la que debe ser clara, expresa y exigible.

¿Qué es un título valor?

Los títulos valores son documentos que contienen un derecho de pago o de cobro, transmisible, ya que se puede pasar de una persona a otra y se usan en nuestro medio para representar obligaciones, desde un préstamo no muy cuantioso en una letra de cambio, hasta una factura de venta. De tal modo que las funciones de estos títulos valores es servir de instrumento de intercambio de dinero o de crédito a corto y mediano plazo.

Tipos de Títulos Valores

El Código de Comercio enumera los siguientes títulos valores:

– Letra de cambio

– Pagaré

– Cheque

– Bonos

– Certificado de depósito y bono de prenda

– Carta de porte y reconocimiento de embarque

Factura

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Requisitos Título Valor

Por otro lado, los títulos valores deben cumplir con ciertos requisitos señalados en el articulo 621 del Código de Comercio, estos son:

1. La indicación del derecho que en el título se admite, y

2. La firma de quien lo crea.

Características de un título valor

Asimismo, los títulos valores además de cumplir unos requisitos para serlo, tienen unas características específicas:

  • Literalidad: debe describir de forma clara, cuál es el alcance de sus obligaciones, las que correlativamente se convierten en los derechos del legítimo tenedor (art.626 del código de comercio), es decir, si establece cuánto y cuándo va a pagar, tiene que ser así.
  • Autonomía: al pasar de una persona a otra, el nuevo adquiriente le corresponde el derecho independientemente de las relaciones que haya existido entre los anteriores titular(es) y deudor(es).
  • Legitimación de la posesión: el título – valor da a su poseedor la legitimidad de ejercer el derecho que éste contiene.

Diferencias entre título valor y título ejecutivo

Luego de repasar los conceptos, tipos, requisitos y características de los títulos valores y títulos ejecutivos podemos afirmar que el universo de los títulos valores es limitado a lo expresamente considerado por la ley, en tanto el de los títulos ejecutivos están abiertos a la necesidad.

ConceptoTítulo ValorTítulo Ejecutivo
DefiniciónDocumento que representa un derecho de crédito que puede ser transferido o negociado.Documento que permite la ejecución directa en caso de incumplimiento, sin necesidad de prueba adicional.
Función principalFacilitar la transferencia y negociación de derechos crediticios.Facilitar la ejecución forzada de una obligación o deuda.
Ejemplos comunesCheques, pagarés, letras de cambio.Sentencias judiciales, documentos notariales, actos administrativos.
Procedimiento de ejecuciónNo se ejecuta directamente; requiere acción judicial para reclamar el derecho.Se puede ejecutar directamente en un proceso judicial sin necesidad de prueba adicional.
NegociabilidadAltamente negociable y transferible; puede cambiar de titular mediante endoso o entrega.Generalmente no negociable; está vinculado a la obligación específica que debe cumplirse.

Hablando en términos más legales, un título ejecutivo es cualquier documento que cumpla con los requisitos del artículo 422 del código general del proceso, mientras que un título valor son aquellos documentos que la ley expresamente ha considerado como tal, como puede ser la factura, la letra de cambio, el pagaré, el cheque, etc.

Por otra parte, el título valor es autónomo, que no depende del negocio o contrato por el que ha surgido, mientras que el título ejecutivo es el mismo negocio en sí. Esto quiere decir que un contrato de arrendamiento es un titulo ejecutivo por que depende del cumplimiento del mismo, pero en cambio un pagaré, que es un titulo valor, no depende del cumplimiento; en otras palabras, si firmas un pagaré como respaldo a tu contrato de arrendamiento, una vez finaliza el contrato con todos sus pagos y no solicitas la devolución del pagaré, el arrendador podría ejecutarlo aunque hayas pagado tus obligaciones contractuales, porque el pagaré, título – valor, es autónomo del cumplimiento del contrato.

Otra diferencia entre el título valor y el título ejecutivo, es que el primero es negociable y el segundo no.

Por último, hay que señalar que todo título valor es un título ejecutivo, pero no todo título ejecutivo es un título valor, como lo enuncia la sala civil de la Corte suprema de justicia en sentencia AC5333-2019:

“(…) todo título valor puede ser título ejecutivo, pero no todo título ejecutivo es un título valor. A mayor abundancia, los títulos valores en nuestra legislación son de carácter taxativo, verbi gratia, sólo los así calificados por la ley son tenidos como tales (…)”

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En conclusión, entender la diferencia entre un título valor y un título ejecutivo es fundamental para una gestión financiera y legal efectiva. Mientras que los títulos valores, como los cheques y pagarés, representan derechos de crédito que pueden ser negociados o transferidos, los títulos ejecutivos, como las sentencias judiciales y los documentos notariales, tienen la capacidad de ser ejecutados directamente ante un juez en caso de incumplimiento.

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