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A pesar de que la terminología “régimen simplificado” y “régimen común” se abolió en 2019, te contamos todo lo que debes saber para que cumplas tu propósito de pasar del régimen simplificado al régimen común; es decir, para que seas o no responsable de IVA.

Principales diferencias entre el Régimen Común y el Régimen Simplificado

​A continuación te contamos cuáles son las principales diferencias entre Régimen común y Régimen Simplificado, de modo que tengas todo lo que necesitas para entender el por qué de tu cambio de tributación.

¿Son responsables del impuesto a las ventas?

Los responsables del Impuesto a las Ventas se dividen en dos, debido a que desde la Ley 1943 de 2018 más la actualización de la Ley 2010 de 2019 se estipula que son los responsables por el Impuesto a las Ventas y los no responsables. Para el caso tanto del Régimen Común como el Régimen Simple ambos son responsables del IVA, es decir que en los dos casos se venden productos que están gravados con IVA y también prestan servicios gravados con IVA.

¿Quiénes pertenecen a cada Régimen?

Para el caso del Régimen Simplificado sólo pueden pertenecer aquellas personas naturales que cumplan los diferentes requisitos que este exige. Al Régimen Común pueden pertenecer, tanto las personas naturales, como las jurídicas. Debes tener claro que toda persona jurídica, solo por el hecho de ser jurídica, está en la obligación de pertenecer al Régimen Común.

¿Para quién aplica los topes de ingresos?

Una de las grandes preguntas tiene que ver con los topes de ingresos. Debes saber que tanto este como otros requisitos solo aplican para las personas naturales y se debe a que las personas jurídicas siempre pertenecerán al Régimen Común sin importar los ingresos con los que cuente.

¿A qué están obligados?

​Entre las obligaciones para el Régimen Común se encuentra que están la obligación a facturar, a cobrar el IVA, deben declarar y llevar su contabilidad.

Para el caso de quienes pertenecen al Régimen Simplificado estos no se encuentran obligados a cumplir ninguna de las anteriores a menos que pertenezcan al grupo de las excepciones que son los litógrafos que pertenecen al Régimen Simplificado y deben facturar cumpliendo todos los requisitos de facturación electrónica instaurados por la DIAN.

¿Quienes deben solicitar habilitación para facturar electrónicamente?

Quienes pertenecen al Régimen Común están en la obligación, cumpliendo los nuevos plazos de facturación electrónica para este 2020, de solicitar la habilitación para facturar electrónicamente. En el caso de quienes pertenecen al Régimen Simplificado no, a excepción de los litógrafos que pertenecen al Régimen Simplificado, debido a que están en la obligación de facturar y por tal razón deben solicitar su debida habilitación como facturador electrónico.

¿Deben declarar renta?

Si tu empresa pertenece al Régimen Común están en la obligación de cumplir con este requisito, en cambio, si pertenece al Régimen Simplificado, no está obligada.

¿Cómo hacer el cambio del régimen Simplificado al común?

Para realizar el cambio de régimen es importante tener claro que se deben cumplir con todos los requisitos en un periodo determinado. En otras palabras, si cumples con algunos de los requisitos establecidos para los no responsables del IVA de manera automática puedes hacer el cambio de régimen, esto lo puedes hacer de la siguiente manera.

De forma voluntaria

Si decidiste cambiar de régimen de tributación, debes actualizar tu RUT (Registro Único Tributario) y tener claro cuáles serán las nuevas responsabilidades que debes cumplir. Revisa aquí nuestro artículo sobre quiénes pueden ser voluntarios de facturación electrónica.

Por decisión de la DIAN

En el caso que la DIAN se percate de que cumples con todos los requisitos para el cambio de régimen, emitirá una Resolución para que efectúes el debido cambio y cumplas con las nuevas disposiciones.

Sanciones por no acatar el cambio de régimen

Es importante que tengas en cuenta que, si debías cambiar de régimen de tributación por que superaste los montos establecidos, es tu obligación realizar este cambio, en el caso que la DIAN te notifique tendrás que cumplir con la sanción por no acatar dicha responsabilidad.

Analiza tus ingresos para el cambio de régimen

​Cuando realices el cambio de no responsable a responsable del Impuesto a las Ventas debes analizar cuáles fueron tus ingresos del año anterior para que tengas claro en qué periodos debes pagar el IVA.

  • IVA bimestral: en el caso que tus ingresos hayan superado los 92.000 UVT.
  • IVA cuatrimestral: Si tus ingresos son inferiores a los 92.000 UVT.

¿Cómo cambiarte del Régimen común al simplificado?

​Para que puedas realizar este proceso, lo primero que debes hacer es contactar a la DIAN y solicitar el cambio de régimen.

Debes haber estado en el Régimen Común durante no menos de tres años cumpliendo todos los requisitos del Régimen Simple, los años exigidos deben ser consecutivos y no tendrán validez si en algún mes o fracción de mes incumpliste con alguno de los requisitos, según lo estipula el Artículo 505 del Estatuto Tributario. A continuación, te contamos cuáles son los trámites que debes hacer para esta gestión.

  • El primer trámite que debes realizar, que te exige la DIAN, es contar con un certificado emitido por tu contador público en donde indique que en los tres años anteriores consecutivos cumpliste con todos los requisitos para realizar el cambio.
  • Lo segundo es esperar, la DIAN tiene como plazo 6 meses para contestar a esta solicitud, esta es emitida por medio de una resolución en donde indica el cambio de régimen, por una notificación y te envía una nueva copia de tu RUT, en el caso que no sea aprobada te indica de forma detallada el requisito que incumpliste.

Estos son los aspectos principales que debes saber acerca de las principales diferencias entre el Régimen simple y el Régimen Común y cuáles son los requisitos para que puedas cambiar de un régimen al otro.

Ten estos aspectos presentes si piensas hacer un cambio en tu régimen y de esta forma podrás evitar algún inconveniente de último momento a la hora de realizarlo. Recuerda que en Loggro estamos dispuestos a ayudarte con la implementación de un Software robusto y sencillo de manejar que simplifique todos tus procesos administrativos y tributarios.

Sobre el Autor:

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