La Ley 1943 de 2018 se encargó de crear el Régimen simple de Tributación con el fin de reducir las cargas formales y sustanciales y para impulsar la formalidad, tanto en las personas naturales, como jurídicas que opten por este Régimen de tributación.
Con la nueva reforma tributaria de la Ley 2010 de 2019, también conocida como Ley de Crecimiento Económico que además es la antigua Ley de Financiamiento e incluye varios cambios que mencionaremos en este Artículo.
Cambios en el Régimen Simple con la Ley 2010 de 2019
La sentencia C-481 de 2019 declaró inexequible en su totalidad la Ley de Financiamiento, Ley 1943 de 2018, gracias a esto el Gobierno Nacional presentó su nueva reforma tributaria con la Ley de Crecimiento Económico 2010 de 2019, con esta nueva Ley se retoman gran parte de las normas que se crearon con la Ley de financiamiento. Una de estas fue las disposiciones que reglamentan al Régimen Simple. A esto se suma que la Ley 2010 de 2019 realizó diferentes cambios a las normas que se establecieron en un comienzo y que se pueden evidenciar en los plazos de inscripción para 2020 en las tarifas que aplican para profesionales independientes y, están relacionadas con los términos que deben cumplir para adoptar el sistema de facturación electrónica, entre otros aspectos. Todos estos los mencionaremos a continuación.
¿Cuáles son los nuevos impuestos unificados en el Régimen Simple?
En la versión anterior del Artículo 907 del Estatuto Tributario, que se encargó de modificar el Artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, indicaba que los impuestos que incluía el impuesto unificado del Régimen simple de Tributación son el Impuesto Sobre la Renta, el INC (Impuesto al consumo) para el expendio de comidas y bebidas, el IVA para el caso de las tiendas pequeñas y los minimercados que se encuentran en el numeral 1 del Artículo 908 del ET y el Impuesto de Industria y Comercio Consolidado.
Cambios de la Ley 2010 de 2019 en el impuesto unificado del Régimen Simple
Con la nueva versión del Artículo 907 del ET, que se encargó de modificarlo el Artículo 74 de la Ley 2010 de 2019, se establece que los impuestos integrados al impuesto unificado de renta para el Régimen Simple son:
- Impuesto al Consumo en el caso del expendio de comidas y bebidas, y
- el Impuesto de Industria y Comercio Consolidado
Esto quiere decir que queda por fuera el IVA para el caso de los contribuyentes que hagan parte del grupo 1 del Artículo 908 del ET.
Esto último, como consecuencia de los cambios que se efectuaron al parágrafo 4 del Artículo 437 del ET, significa que sus ventas no generan IVA, debido a que señala que las personas naturales y jurídicas que pertenecen al Régimen Simple de Tributación y que obtengan ingresos por actividades relacionadas en el numeral 1 del Artículo 908 del ET es decir:
- tiendas pequeñas;
- minimercados;
- micromercados, y
- peluquerías
pueden operar como no responsables del IVA, esto , dejando a este último como el de mayor valor en sus costos o gastos.
Lo anterior contradice lo que establece el inciso primero del Artículo 915 del ET, en el que señala que todos los contribuyentes que hagan parte del Régimen Simple, en el caso que vendan algún bien o servicio que se encuentre grabado, deben operar como responsables del IVA.
Tarifa para los profesionales independientes en 2020
El numeral 3 del Artículo 908 del ET, que fue modificado por el Artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, indica que los contribuyentes que reciben ingresos por prestar sus servicios profesionales de consultoría y científicos, en los que predomina el factor intelectual sobre le material, incluyendo los servicios profesionales liberales, se encuentran gravados con las tarifas que relacionamos a continuación.
Cambios en la tarifa para los profesionales independientes con la Ley 2010 de 2019
Las nuevas tarifas para los profesionales independientes impuesta por el Artículo 74 de la Ley 2010 de 2019 se encargó de modificar el numeral 3 del Artículo 908 del ET son las siguientes.
En conclusión, se puede evidenciar un incremento significativo en las tarifas que aplican para los profesionales independientes que elijan el modo de tributación del Régimen Simple.
Inscripción al Régimen Simple según la Ley 2010 en el 2020
Quienes cumplan con todos los requisitos para hacer parte del Régimen Simple en este 2020 y 2021 pueden realizar su inscripción hasta el 31 de julio, en el caso de la inscripción para el 2021 debe hacerse únicamente en el primer mes de este año, según lo indica la Cámara de Comercio.
Lo anterior según el parágrafo transitorio 1 del Artículo 909 del ET, que fue modificado por la Ley 2010 de 2019, en el que se indica que únicamente en 2020 quienes cumplan con todos los requisitos para hacer parte del Régimen Simple pueden realizar su inscripción hasta el 31 de julio del año en mención y para subsanar los pagos de los anticipos bimestrales que corresponden a los bimestres anteriores.
Estos deben incluir los ingresos en el primer recibo electrónico de pago, sin que genere ningún tipo de interés o sanción.
Plazos para implementar la facturación electrónica
Según el parágrafo del Artículo 915 del ET, los nuevos contribuyentes que decidan hacer parte del Régimen Simple deben adoptar el sistema de facturación electrónica dentro de los siguientes 2 meses según sea su fecha de inscripción en el RUT (Registro Único Tributario).
Implementación de la factura electrónica en 2019
Cabe recordar que con la anterior versión del Artículo 915 del ET se establecía que los contribuyentes que hacían parte del Régimen Simple tenían plazo para emitir facturas electrónicas hasta el 31 de agosto de 2019. A pesar de esto con la Resolución 000058 del 13 de septiembre de 2019 se amplió el plazo hasta el 13 de noviembre del año en mención.
Implementación de la facturación electrónica en 2020
Gracias al nuevo trámite legislativo del Ministerio de Hacienda el nuevo plazo para la implementación de la facturación electrónica de los contribuyentes inscritos bajo en Régimen Simple sería hasta el 2 de marzo de 2020. Estos son los principales cambios que tuvo el Régimen Simple de Tributación con la implementación de la Ley de Crecimiento Económico, si para 2021 estás pensando hacer parte de este Régimen ten presente los plazos de inscripción y en Loggro podemos ayudarte con la implementación de tu sistema de facturación electrónica gracias a que contamos con uno de los mejores software de facturación electrónica del mercado, también puedes tener asesoría por parte de nuestros especialistas en el momento que más lo necesites.
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