Tiempo de lectura: 5 min
Hombre utilizando el Software de Nómina y Nómina Electrónica Loggro

Sí. En Colombia la relación laboral existe aunque no haya contrato escrito: basta con que exista trabajo personal, subordinación y pago de un salario. Por eso, un trabajador sin contrato firmado sí puede reclamar liquidación, prestaciones sociales y afiliación a seguridad social, siempre que logre demostrar esa relación de trabajo.

La falta de contrato escrito no borra los derechos del trabajador ni las obligaciones del empleador. En este artículo de Loggro podrás conocer qué puede reclamar un empleado sin contrato, cómo demostrarlo y qué sanciones aplican para la empresa.

¿Un trabajador sin contrato tiene derecho a liquidación?

Sí. La ley laboral colombiana presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo, exista o no un documento firmado. Si hubo subordinación y pago de salario, el trabajador puede reclamar liquidación, cesantías, prima e indemnización por despido injustificado, igual que si tuviera contrato escrito.

¿Qué pasa si me despiden o renuncio sin tener contrato?

Si te despiden

Si el despido es injustificado, tienes derecho a indemnización, aunque no exista contrato escrito. Debes demostrar la relación laboral con pruebas como pagos, mensajes, testigos o comprobantes de transferencia.

Si renuncias

Renunciar no elimina tu derecho a que te liquiden lo trabajado: salario pendiente, cesantías, intereses y prima proporcional al tiempo laborado.

Cómo demostrar que trabajaste sin contrato

La falta de contrato escrito no impide reclamar, pero sí exige más pruebas. Sirven:

  • Comprobantes de pago o transferencias.
  • Mensajes con instrucciones del empleador.
  • Testigos, como compañeros o clientes.
  • Horarios o turnos asignados.
  • Correos que confirmen la relación laboral.

Consecuencias y sanciones para el empleador

Incumplimiento Sanción
No afiliar a seguridad social y parafiscales Fiscalización y sanción de la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales).
No pagar la prima de servicios 1 día de salario por cada día de retardo (Art. 65 CST).
No consignar las cesantías a tiempo 1 día de salario por cada día de retardo (Art. 99, Ley 50 de 1990).
No pagar los intereses de cesantías Indemnización única igual al valor de los intereses (Ley 52 de 1975).
No pagar la liquidación final 1 día de salario por cada día de retardo, por cada concepto pendiente (Art. 65 CST).
Incumplimiento general Multas del Ministerio de Trabajo entre 1 y 5.000 SMMLV (Art. 486 CST).

¿Puedo denunciar a mi empleador si no tengo contrato?

Sí. Puedes presentar la queja ante el Ministerio de Trabajo o demandar ante un juez laboral, incluso sin contrato escrito. El proceso laboral admite pruebas distintas al contrato para acreditar la relación de trabajo.

¿Cuáles son las consecuencias para los empleados que trabajan sin contrato?

El trabajo sin contrato tiene diferentes consecuencias, tanto para el empleado como para el empleador. Además, se considera un fraude a la seguridad social y a la declaración de tributos que se tipifica en el Código Penal colombiano. Entre las principales consecuencias se destacan las siguientes:

Los empleados no cotizan a seguridad social

Una de las consecuencias que más se destaca en los trabajos sin contrato es que los empleados no gozan de los beneficios de los aportes a la seguridad social. Esto quiere decir que el tiempo que dedican a trabajar no cuenta como tiempo cotizado y, por lo tanto, no tienen acceso a los siguientes beneficios:

  • Pensión de jubilación.
  • Licencia de maternidad y paternidad.
  • Pago de incapacidades por enfermedad, incluida la enfermedad laboral.

No puede cobrar cesantías cuando finaliza el trabajo sin contrato

Otro aspecto relevante es que los empleados que no cotizan a seguridad social tampoco tienen derecho al pago de cesantías porque no se liquida el contrato de trabajo, así como tampoco tendrán derecho al cobro de algún subsidio por desempleo.

No pueden reclamar su salario

Sin un contrato, el colaborador no puede reclamar su salario. En el caso de que la empresa o el empleador deje de pagar el salario pactado, será muy complicado que el empleado reclame este pago, porque trabajar sin contrato se conoce como un cobro en negro y, por consiguiente, carece de pruebas válidas con las que se pueda demostrar que no se pagó por los servicios prestados.

Los empleados no tienen derecho a cobrar indemnizaciones

En el caso de que exista despido improcedente, el empleado no tendrá derecho a recibir la indemnización correspondiente. Esto quiere decir que debe tomar medidas judiciales para demostrar su relación con la empresa.

Sanciones a las que te expones por tener trabajadores sin contrato

Las siguientes son las diferentes sanciones a las que te puedes exponer si en tu empresa tienes empleados sin contrato de trabajo.

Sanción por no pagar los aportes a seguridad social y parafiscales

Al iniciar la relación laboral, los empleadores deben afiliar a sus empleados al sistema de seguridad social y realizar mensualmente los aportes a salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales.

Cuando el empleador incumple con esta obligación, puede ser sancionado por la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) por medio de un proceso de fiscalización.

A esto se suma que el empleador deberá asumir los gastos en los que incurra el empleado por atención médica, indemnizaciones, incapacidades, etc., en caso de que este sufra algún tipo de accidente, bien sea de origen laboral o común, por no estar afiliado al régimen contributivo o por existir mora en el pago de los aportes mensuales.

Sanción por no pagar la prima de servicios a los empleados

La prima de servicios es una prestación social a la que tienen derecho todos los trabajadores dependientes; la excepción son los trabajadores que devengan un salario integral.

Si el empleador no cumple con el pago de esta prestación, conforme a lo que estipula el Artículo 65 del CST (Código Sustantivo del Trabajo), debe pagarle al empleado un día de salario por cada día de retardo.

Cabe recordar que esta sanción se hace exigible al terminar el vínculo laboral o cuando lo declare un juez laboral según la situación del caso.

Sanción por no pagar las cesantías y sus intereses

El empleador debe liquidar anualmente las cesantías y sus intereses a todos sus empleados. A continuación, mencionamos las sanciones por el incumplimiento en estos dos casos:

Sanción por no consignar las cesantías: cuando el empleador no consigna esta prestación en el fondo correspondiente y en la fecha indicada, debe asumir la sanción que estipula el Artículo 99 de la Ley 50 de 1990: un día de salario por cada día de retardo.

Sanción por no pagar los intereses de las cesantías: cuando el empleador no paga en la fecha indicada los intereses que corresponden a las cesantías, está en la obligación de pagarle al trabajador, a título de indemnización y por una sola vez, un valor adicional igual al de los intereses causados, según lo estipula el numeral 3 del Artículo 1 de la Ley 52 de 1975.

Sanción por no pagar la liquidación del contrato laboral

Al finalizar el vínculo laboral, el empleador debe realizar la liquidación del contrato de trabajo. En esta liquidación se le pagan al trabajador los valores causados por distintos conceptos: el salario, las prestaciones sociales (prima, cesantías e intereses) y los descansos remunerados, como las vacaciones.

Si el empleador no le paga al trabajador la liquidación de su contrato al finalizar el vínculo laboral, debe pagar a título de indemnización, por cada concepto, el valor que corresponde a un día de salario por cada día de retardo, según lo indica el Artículo 65 del CST.

Evita sanciones y liquida correctamente a tus empleados implementando nuestro software de nómina electrónica en la nube.

Liquida la nómina y las prestaciones de tus empleados con Loggro

Calcula cesantías, primas, vacaciones y aportes automáticamente y evita sanciones de la UGPP y el Ministerio de Trabajo.

Conocer Nómina

Sobre el Autor:

Equipo Editorial Loggro

Logo Loggro

Loggro cuenta con profesionales con más de 30 años de experiencia desarrollando soluciones empresariales. Es una compañía líder en la región del mercado de software y soluciones administrativas tipo ERP para pequeñas, medianas y grandes empresas.

¿Estás interesado en Gestión de pymes?

loggro1

Continua leyendo...

nomina-que-son-los-aportes-parafiscales

Parafiscales en Colombia: qué son y sus porcentajes

Entender el significado de los aportes parafiscales puede resultar complejo si no se tiene en cuenta toda la normatividad. Conoce cómo se distribuyen estas contribuciones obligatorias y su propósito.

Loggro

Loggro

que-es-la-nomina-y-cuales-son-sus-partes

Partes de la nómina en Colombia: cuáles son y cómo se calculan

¿Qué es la nómina? ¿Cuáles son las Partes de la Nómina? Descubre todo lo que necesitas saber para gestionar la nómina de tu empresa. Clic acá!

Loggro

Loggro

diferencias-entre-rut-y-nit

RUT y NIT en Colombia: Diferencias y qué es el NIT para Persona Natural

Conoce todas las diferencias entre RUT, NIT y en qué caso utilizarlos. Si quieres más consejos contables, visita Loggro. Toda info en un solo lugar!

Loggro

Loggro

Contáctanos

Servicio al Cliente:

+57 (60 4) 604 3120

E-mail:

comercial.pyme@loggro.com

Servicio al Cliente (Colombia):

soporte@loggro.com

WhatsApp Comercial:

304 385 4956

WhatsApp Servicio al Cliente:

310 242 9665

Logo Loggro Pymes
Únete a Loggro
Phone

Al enviar su información, autoriza a Loggro S.A.S (“LOGGRO”), NIT 901.361.537, para que en calidad de responsable, recolecte y trate sus datos personales, de conformidad con el Régimen de Protección de Datos Personales de Colombia y en cumplimiento de nuestra Política de Privacidad y de Protección de Datos