El Gobierno Nacional Colombiano implementó el Régimen Simple de Tributación por medio del Artículo 66 de la Ley de Financiamiento.
Este nuevo modelo de tributación es de carácter opcional con causación anual y pago anticipado bimestral. Tiene como objetivo la reducción de las cargas formales y sustanciales, tanto de las personas jurídicas, como de las naturales que tomen la decisión de tributar bajo este régimen. Para este 2020 existen rangos de precios específicos, organizados en tarifas categorizadas dependiendo de criterios.
Características principales del régimen simple
La característica principal del Régimen Simple de Tributación es ser un tributo que se debe declarar de manera anual y su pago se realiza por medio de anticipos bimestrales por medio del sistema electrónico que ha dispuesto la DIAN.
Este nuevo tributo está en vigencia desde 2019 con la Ley de Financiamiento y pueden acceder de manera voluntaria las personas naturales y jurídicas que cuenten con los requisitos específicos establecidos.
Con el nuevo Régimen Simple de Tributación, el Gobierno Nacional busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de muchos contribuyentespero en especial de todos aquellos que figuran de manera informal.
Gracias a la implementación de este nuevo Régimen, todos los contribuyentes podrán disfrutar de los beneficios que brinda la formalidad, por ejemplo, reducir la carga impositiva y el costo por el incumplimiento de las obligaciones tributarias; otro de los grandes beneficios que trae consigo este nuevo Régimen es que muchos contribuyentes podrán mejorar sus condiciones de competitividad en el mercado nacional.
Requisitos para inscribirse en el Régimen Simple de tributación
El Régimen Simple de Tributación cuenta con varios requisitos y quienes quieran acogerse deberán cumplirlos para disfrutar de todos los beneficios que el Gobierno Nacional ofrece:
- Debes ser una persona natural que desarrolles una empresa o puedes ser una persona jurídica que cuente con socios o accionistas catalogados como personas naturales, ya sea nacionales o extranjeros que residan en Colombia.
- Debe contar con ingresos extraordinarios o brutos iguales o superiores a 1.400 UVT pero inferiores a 80.000 UVT.
- Tanto las personas jurídicas como las naturales deben estar al día con el pago de sus obligaciones tributarias en ámbitos nacionales, departamentales y municipales, también debe estar al día con el pago de sus contribuciones en el Sistema de Seguridad Social Integral.
- Es importante que cuentes con tu inscripción en el (RUT) Registro Único Tributario.
Es importante que tengas en cuenta que a los contribuyentes que elijan el régimen simple de tributación no se les aplicará la retención en la fuente. También pueden elegir el RST aquellas personas naturales que realicen actividades con criterios empresariales y las personas jurídicas de naturaleza societaria que hayan obtenido ingresos brutos, extraordinarios u ordinarios, inferiores a los 80.000 UVT en el año gravable anterior.
Tarifas para el Régimen simple de tributación
Los contribuyentes que se acogen al nuevo régimen no se encuentran sometidos al impuesto sobre la renta, debido a que este lo reemplaza el RST.
A esto se suma que también se simplifica el impuesto de industria y comercio, el complementario de avisos y tableros al igual que la sobretasa bomberil. En la tarifa del RST, no se debe pagar el impuesto sobre la renta directamente en cada distrito o municipio, por el contrario, se debe pagar por medio del RST mediante un solo pago que el Ministerio de Hacienda distribuye entre los entes territoriales.
En la tarifa del RST se incluye el impuesto sobre las ventas para las tiendas pequeñas, micromercados, minimercados y peluquerías. Todas estas no están en la obligación de cumplir con las obligaciones formales y sustanciales que se relacionan con el IVA siempre y cuando sigan bajo el RST.
Las tiendas pequeñas, los micro-mercados y mini-mercados son todas las que se encarguen de realizar en sus actividades principales, la comercialización de alimentos, bebidas y comidas al detal para el uso o consumo final en hogares, ya sea dentro o fuera de los establecimientos, y no tengan la obligación de responder por el impuesto nacional al consumo.
Plazo de inscripción en el Régimen simple de tributación
Si cumples con todos los requisitos que te mencionamos y además te interesa inscribirte en el Régimen Simple de Tributación es necesario que tengas en cuenta las fechas específicas para inscribirte.
El plazo anterior fue hasta el 31 de julio de 2019, pero para 2020, puedes hacer tu inscripción entre el 1 y 31 de enero de cada vigencia.
¿Cómo puedes inscribirte en el Régimen simple de tributación?
Para que puedas inscribirte en el Régimen Simple de Tributación es importante que tengas en cuenta los siguientes pasos.
Personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales
En el caso de las personas naturales y jurídicas que realicen actividades comerciales y que aún no estén inscritos en el RUT, pueden generar su PRE-RUT de forma fácil, directa y sencilla para luego presentarlo en la Cámara de Comercio y de esta manera realizar un solo trámite al inscribirse en el Registro Único Tributario y al solicitar el Certificado de Cámara de Comercio.
Personas naturales y jurídicas que no realicen actividades comerciales
Las personas naturales que no realicen actividades de comercio podrán inscribirse en este Régimen, hacer su inscripción en el RUT en línea sin la necesidad de desplazarse a cualquier punto de contacto de la DIAN, para esto solo deben contar con una foto de su documento de identidad por cada lado y una foto del rostro de quien adelanta el trámite, con el fin de corroborar de manera automática los datos de identificación y poder garantizar la autenticidad y seguridad de quien se está inscribiendo.
Impuesto unificado para el Régimen simple de tributación
Con la implementación del Régimen Simple de Tributación se instauró el impuesto unificado, esto quiere decir que el impuesto unificado de este nuevo régimen se encarga de sustituir al monotributo, los impuestos que los comprenden son:
- Impuesto nacional al consumo, en el caso en que se desarrollen actividades para el servicio de expendio de comidas y bebidas.
- El impuesto sobre la renta.
- Impuesto sobre la renta, en el caso en que se desarrollen las actividades que describe el numeral 1 del Artículo 908 del (ET) Estatuto Tributario.
- El impuesto de industria y comercio consolidado
Tarifas del impuesto unificado para el Régimen simple de tributación
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el nuevo régimen, la tarifa para el impuesto unificado va a depender de los ingresos brutos anuales y de la actividad empresarial. Estas tarifas pueden ser revisadas en el artículo 908 del Estatuto Tributario Nacional.
Cómo se realiza el pago del Impuesto unificado en el Régimen simple de tributación
Para el caso del contribuyente que se encuentra inscrito en el Régimen Simple de Tributación está en la obligación de pagar un anticipo bimestral, utilizando para esta transacción recibos de pago electrónicos. Este pago depende de los ingresos brutos que obtuviste en dicho periodo y la actividad que desarrolles.
Si tus ganancias son ocasionales o si tus ingresos no son constitutivos de renta ni ganancias durante el periodo gravable, no estás en la obligación a incluirlos en la base para establecer el límite de los ingresos que son 80.000 UVT. Ten presente que estos pagos pueden ser realizados por medio de redes electrónicas de pago o en las entidades financieras que designe el Gobierno Nacional.
Estos son los aspectos principales que debes tener en cuenta en el caso de las tarifas para el régimen simple tributario en el 2020, consulta el Artículo 908 del Estatuto Tributario Nacional junto con las modalidades de tarifas que describimos en este artículo para que sepas cuál es la tarifa que te corresponde pagar teniendo en cuenta el periodo y la actividad que realizas.
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Equipo Editorial Loggro
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