La Ley 1819 de 2016 y los cambios del Artículo 19 del ET generaron cambios significativos para las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL) que quieren hacer parte del Régimen tributario especial.
Dentro de estas leyes se encuentran los requisitos que deben cumplir, las actividades que deben realizar y cómo debe ser el registro web que da transparencia al proceso. Todo lo que debes saber te lo contamos con más detalle en este artículo.
Requisitos para hacer parte del Régimen tributario especial (RTE)
Con la Ley 1819 de 2016 y las modificaciones que se hicieron en el Artículo 19 del ET, se realizaron cambios tributarios significativos en las Entidades sin Ánimo de Lucro, con los cambios se establece que todas las asociaciones, fundaciones y corporaciones son contribuyentes que responden por el Impuesto de Renta y Complementarios del Régimen ordinario conforme las normas que se aplican a todas las sociedades colombianas que responden por este tributo.
Las Entidades sin Ánimo de Lucro deben solicitar ante la DIAN la calificación para hacer parte del Régimen tributario especial si cumple con todos los requisitos que mencionaremos a continuación.
- Deben estar legalmente constituidas.
- El objeto social debe ser de interés general en una o varias de las actividades que se encuentran en el Artículo 359 del ET. Cabe destacar que a estas debe tener acceso la comunidad.
- Sus aportes no deben ser reembolsables y los excedentes tampoco ser distribuidos bajo ningún tipo de modalidad, cualquier denominación que utilice, no debe ser directa o indirectamente, tampoco utilizar las modalidades mencionadas durante su existencia o en su liquidación o disolución, de acuerdo con los lineamientos del Artículo 356-1 del ET.
Actividades que deben desarrollar las ESAL para hacer parte del Régimen Especial
Son 13 las actividades meritorias que escogen las Entidades sin Ánimo de Lucro para conseguir su admisión en el Régimen Tributario Especial. Cabe destacar que todas estas deben ser de interés general y la comunidad debe tener acceso. Todas las actividades las mencionaremos a continuación.
- Culturales
- Educativas
- Salud
- Tecnología, ciencia e innovación.
- Cualquier actividad para el desarrollo social, estas deben comprender actividades para la protección, asistencia y promoción de los derechos que tienen las poblaciones especiales, desarrollo y mejoramiento de su calidad y cobertura de los servicios públicos, actividades que se encuentren orientadas en promover y desarrollar la lucha contra la corrupción, etc.
- Actividades enfocadas en la protección del medio ambiente.
- Actividades que prevengan el consumo de sustancias psicoactivas.
- Actividades enfocadas en promocionar y apoyar las actividades deportivas.
- Actividades que generen el desarrollo empresarial.
- La promoción y el apoyo de los derechos humanos.
- Actividades que promuevan y mejoren la administración de justicia.
- Actividades que promuevan y apoyen las Entidades sin Ánimo de Lucro.
- Las actividades de microcrédito que cumplan con los lineamientos del Artículo 39 de la Ley 590 de 2000 y de la Ley 905 de 2004.
Como lo puedes notar, uno de los objetivos que tienen los requisitos para hacer parte del Régimen tributario especial es que el Gobierno Nacional tenga un mayor control sobre estas entidades; por esta razón se dio origen al Artículo 364-5 del ET en donde se establece el registro web y la remisión de los comentarios de la sociedad civil; es decir que toda la información que estas entidades registren para su acceso es de acceso público.
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¿Cómo es el registro web para las Entidades sin Ánimo de Lucro?
El registro web es un requisito obligatorio para todas las entidades que quieran hacer parte del Régimen tributario especial, este se realiza para construir una base de información de los contribuyentes. Otro objetivo es brindar transparencia en el proceso de calificación de la ESAL.
El registro web se conforma por la información que indica el parágrafo 2 del Artículo 364-5 del ET. Esta información la almacena la DIAN con el fin de hacer públicas las solicitudes y recibir cualquier comentario que tenga la sociedad civil sobre la postulación.
Requisitos para el registro web de las ESAL
Quienes se postulen para calificar como una entidad perteneciente al Régimen tributario Especial del Impuesto sobre la Renta deben cumplir con los requisitos que mencionamos a continuación.
- Deben diligenciar y firmar el formato que se encuentra en el servicio informático electrónico de la DIAN, la suscripción del formato y de la solicitud la debe hacer el representante legal de la ESAL.
- Realizar en su totalidad el registro web. Debes tener presente que la actualización de este registro se hace de forma anual en los primeros tres meses del año.
- Deben remitir los anexos para calificar o permanecer como una entidad que pertenece al Régimen tributario especial.
Entre los anexos están:
- una copia de la escritura pública;
- el documento privado o acto de la constitución;
- la certificación de existencia y representación legal en donde figuren sus administradores, representantes y miembros que hagan parte del consejo u órgano directivo;
- la copia del acta de asamblea general en donde se autorice la permanencia o calificación en el Régimen Tributario Especial;
- una copia de los estatutos de la organización, siguiendo los lineamientos del Artículo 1.2.1.5.1.8 que se encuentra en el Decreto 2150 de 2017.
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Beneficios tributarios para las Entidades sin Ánimo de Lucro que hacen parte del RTE
Las asociaciones, corporaciones y fundaciones que estén catalogadas como Entidades sin Ánimo de Lucro y que hagan parte del Régimen Tributario Especial, tienen como beneficio principal la tarifa del 20% en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios sobre el beneficio neto o excedente; además podrá estar exento, cuando se destine de forma directa o indirectamente en programas que desarrollen el objeto social y la actividad meritoria de la organización. Esta exención se presentará en el siguiente año en el que obtuvo el ingreso al RTE.
Estos son los principales requisitos que debes cumplir si te interesa hacer parte del Régimen Tributario Especial. Ten presente reunir todos los documentos necesarios, realizar alguna de las actividades reglamentarias y el registro web para calificar como ESAL o para permanecer de forma anual y en los primeros tres meses del año tal cual como lo indica la DIAN.
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