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Documentos equivalentes a la factura electrónica en 2021 y en adelante

Con el Decreto Único Reglamentario 358 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con la Resolución 000042 de 2020 entraron en vigor los 13 documentos equivalentes a la factura electrónica que podrán utilizar los contribuyentes obligados, también es posible encontrar los que ya no se deben utilizar.

En este artículo te los contamos para que los uses o te cambies a la facturación electrónica. 

Documentos equivalentes que no estarán vigentes en 2021 y en adelante

Los que mencionaremos a continuación son los documentos equivalentes a la factura electrónica que no estarán vigentes en 2021, es decir que los contribuyentes que los utilizan deben comenzar a emitir facturas electrónicas para justificar sus transacciones comerciales.

  • Documento equivalente emitido por la Cámara de Comercio.
  • Los documentos equivalentes que expidan las notarías.
  • El comprobante de pago por los títulos de valorización.
  • Los documentos que se emiten por el pago de honorarios a los miembros de la junta directiva.
  • Los que se emiten por el pago de pólizas de seguros.
  • Los documentos equivalentes emitidos por los contratos de medicina prepagada.
  • Por la nómina relacionada con los descuentos del trabajador.
  • Los documentos equivalentes que generen las entidades públicas.
  • Los recibos de pago de universidades y colegios.
  • Los documentos equivalentes emitidos por la administración de la propiedad horizontal.
  • Los contratos que se efectúen con extranjeros que no residan o tengan domicilio en Colombia.
  • Los tiquetes de máquinas registradoras PLU.
  • El comprobante de liquidación de la cámara de riesgo central de contraparte.

Ten presente que documentos equivalentes que relacionamos dejarán de ser válidos con la alineación de la fecha máxima del calendario de implementación de la facturación electrónica emitida en la Resolución 000042 de 2020.

Documentos equivalentes válidos para 2021

Según lo indica la Resolución 000042 de 2020, son 12 los documentos equivalentes a la factura electrónica de venta que permanecen vigentes, todos los mencionaremos a continuación junto con los requisitos para utilizarlos en Colombia.

Tiquete de las máquinas registradoras con el sistema POS

Este tiquete lo tienes que expedir como soporte para tus clientes, pero en el caso que alguno de ellos te exija la factura electrónica de venta estás en la obligación de emitirla, es decir que, si actualmente no cuentas con un mecanismo para emitir las facturas electrónicas en tu empresa, lo mejor es que busques una solución tecnológica que te brinde los servicios que necesites. Aquí te contamos todo lo relacionado con POS para facturación electrónica.

Boleta para el ingreso a cine

Los contribuyentes que tengan ingresos por las entradas a actividades cinematográficas están obligados a emitir las boletas que justifiquen su actividad.

Tiquete por el transporte de pasajeros

Todos los autorizados por el Ministerio de Transporte a prestar servicios de transporte terrestre de pasajeros están obligados a emitir el tiquete de transporte de pasajeros.

Extractos

El Extracto es el documento equivalente a la factura electrónica que debe ser emitido por las sociedades fiduciarias, los fondos de inversión colectiva, fondos de inversiones extranjeras, fondos para el capital privado, fondos de valores, fondos mutuos de inversión, Fondo de pensiones y cesantías y fondos de valores.

Tiquete por el transporte aéreo de pasajeros

El tiquete de transporte aéreo de pasajeros lo deben emitir quienes presten este servicio y teniendo en cuenta todas las regulaciones que establece la Asociación Internacional.

Documento en juegos localizados

Este documento equivalente lo deben emitir quienes reciban ingresos por máquinas tragamonedas, esferódromos, bingos, video-bingos y operadores de casinos.

Boleta, fracción o formulario para juegos de suerte y azar diferentes a los de juegos localizados

Los documentos equivalentes en mención deben emitirlos quienes no pertenecen a los juegos localizados pero que los utilicen en juegos de azar y cualquier otro espectáculo.

Documento equivalente por el cobro de peajes

Lo deben emitir quienes reciben ingresos por el concepto de cobro de peajes.

Comprobante para liquidación de operaciones expedidas en bolsa de valores

Este documento lo deben emitir quienes se dediquen a recibir ingresos por el concepto de comisiones y remuneraciones.

Documento en operaciones de la bolsa agropecuaria y demás comodities

Es parecido al anterior y lo deben expedir quienes reciban ingresos por el concepto de comisiones y remuneraciones asociados a este tipo de entidades.

Documento equivalente por el pago de servicios públicos domiciliarios

Lo deben emitir las entidades que se encargan de prestar servicios públicos domiciliarios, estas entidades están autorizadas a generar los documentos equivalentes por prestar servicios públicos, pero si recibe otro tipo de pago está en la obligación de expedir factura electrónica de venta para justificarlo.

Boleta por el ingreso a espectáculos públicos 

Los obligados a emitir este documento equivalente son las entidades que reciban ingresos por el concepto de espectáculos como conciertos, obras, entre otros.

Documento equivalente electrónico

Este documento electrónico reemplaza todos los documentos equivalentes de los que trata este Artículo, según lo indica el parágrafo 2 del Artículo 616-1 del ET.

Los que mencionamos son los únicos documentos equivalentes que se encuentran validados por la DIAN una vez que todas las personas naturales y jurídicas obligadas a facturar electrónicamente lo hagan.

Implementación del Documento equivalente electrónico

Según el Decreto 723 de 2021, el documento equivalente electrónico no se implementará desde el 30 de junio de 2021 como lo había previsto la DIAN, ahora definirá el calendario para expedir este documento. Para elaborarlo será necesario realizar los estudios y las verificaciones con los sectores que están obligados a emitir documentos equivalentes y que establecen los numerales 1 hasta el 12 del Artículo 1.6.1.4.6 del DUT 1625 de 2016.

Si haces parte de los contribuyentes que deben cambiar los documentos equivalentes que utilizas en tu empresa por la factura electrónica de venta, te recomendamos que lo hagas lo más pronto posible para que evites sanciones fiscales y legales por parte de la DIAN.

Por eso te invitamos a conocer nuestro software de facturación electrónica con el que podrás emitir las facturas de tus transacciones comerciales cumpliendo con todos los requisitos; además si eres de los obligados a emitir documentos electrónicos y no lo haces también los puedes hacer utilizando nuestro sistema POS de facturación en la Nube.

Sobre el Autor:

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