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La implementación de la facturación electrónica es un tema bastante importante en estos últimos meses. Implementarla en una empresa trae beneficios como reducción de costos, más agilidad en distintos procesos involucrados, aumento de competitividad, aporte al cuidado ecológico, etc.

Si todo esto no es suficiente, también hay un par de incentivos no tan amigables, ya que la DIAN impone duras sanciones para las empresas que no cumplan con la norma.

Primero, hay que dejar claro que no todos tienen que implementar el sistema. Segun la reglamentacion, solo las empresas que deben declarar y pagar IVA tendrán que hacerlo. Esto en sí mismo excluye a gran parte de las empresas en Colombia

Segundo, las que tienen que facturar electrónicamente tienen plazo hasta el 1 de Enero del 2019 para empezar. Así que quedan pocos meses para que la fecha final llegue.

Mucho se habla de la fecha, pero, ¿qué pasa si una empresa no implementa el proceso a tiempo?

Básicamente la DIAN posee dos herramientas principales bajo las cuales puede generar una sanción a las empresas que no cumplan con la normal.

La primera de las sanciones consiste en:
– El cinco por ciento (5%) de las sumas respecto de las cuales no se suministró la información exigida. – El tres por ciento (3%) de las sumas respecto de las cuales se suministró de forma extemporánea.” Puede encontrar toda la información en el artículo 651 del Estatuto tributario (Sanción por no enviar información). Y cómo segundo, la DIAN puede cerrar el establecimiento hasta por 3 días o el pago de una multa que corresponde al 10% de los ingresos operacionales de la empresa. Esto según el decreto 657 del estatuto tributario. Cómo es evidente, la no implementación de la facturación electrónica puede tener consecuencias nefastas en una empresa. Recomendamos especialmente evitar este tipo de problemas y aprovechar todas las ventajas que trae su uso.

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