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En Colombia, todos los empleadores deben pagar a sus trabajadores la prima de servicio legal, esta corresponde a un mes de salario por cada año que haya trabajado el colaborador, según los lineamientos del Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de la prima de servicios en la liquidación de nómina para que la implementes en tu empresa sin errores. Infórmate aquí sobre las sanciones por liquidar mal la nómina, de acuerdo con las disposiciones de la UGPP

Nómina: qué es la prima de servicios

Prima de Servicios: Guía Completa para la Liquidación en Empresas

¿Qué es la prima de servicios?

Es una prestación social y es un pago que debe hacer el empleador al trabajador para que de algún modo el empleado también pueda disfrutar de las utilidades que brinda la empresa. Cabe aclarar que, el pago de la prima de servicios es obligatorio aún cuando la empresa no cuente con utilidades en algún periodo.

¿A qué corresponde la prima de servicios?

La prima de servicios corresponde al pago de 15 días de trabajo, por cada semestre que labore el empleado. En caso de que no haya trabajado el semestre completo, el pago que se le debe realizar es proporcional al tiempo que haya trabajado en el semestre por liquidar.

La prima de servicios es de naturaleza prestacional

Según los lineamientos del Artículo 307 del Código Sustantivo del Trabajo, la naturaleza de la prima de servicios es prestacional y por tal motivo no hace parte del salario, ni se debe computar como un factor del salario.

¿Cuándo se debe pagar la Prima de servicios?

Según las disposiciones legales, la prima de servicios debe ser pagada en dos partes; la primera parte en el primer semestre del año y la otra parte en el segundo semestre, teniendo en cuenta las siguientes fechas.

  • La primera parte se debe pagar hasta el 30 de junio del año en curso.
  • La segunda parte debe pagarse hasta el 20 de diciembre del año en curso.

Es importante tener en cuenta que la prima de servicios se debe pagar a todos los trabajadores siguiendo las fechas establecidas sin importar el tiempo que lleven trabajando al interior de la empresa. Esto quiere decir que si un colaborador cuenta con un mes o menos tiempo de trabajo al interior de la empresa se le debe liquidar la prima de servicios y pagar en las fechas que mencionamos anteriormente.

¿Cómo calcular la prima de servicios?

Como ya lo dijimos, la prima de servicios corresponde a un mes de salario de cada trabajador por cada año de trabajo o debe ser proporcional cuando este ha trabajado por menos tiempo.

Para que tengas mayor exactitud en los pagos de nómina, te recomendamos utilizar un software de nómina que te da la ventaja de calcular la nómina con pocos clics, de modo que ahorres tiempo y evites errores.

Ahora bien, para calcular la prima de servicios se debe aplicar una especie de regla de tres, esto se debe a que, si por cada 360 días hay que pagar un mes de salario o 30 días de salario, si el trabajador ha trabajado menos de 360 días es cuestión de identificar la respectiva proporción para el pago.

Fórmula para el pago de la prima de servicios

Teniendo en cuenta lo anterior, la fórmula para realizar el cálculo de la prima de servicios es la siguiente.

  • Salario X los días trabajados ÷ en 360 = Prima de servicios.

Como la prima de servicios se debe realizar en dos pagos, cada semestre debes realizar el respectivo cálculo. Ten presente que la base para calcular la prima de servicios es el promedio del sueldo que ha devengado el trabajador en el semestre por calcular. Ten presente que todas estas fórmulas las puedes realizar con un solo clic si utilizas un software de nómina, en lugar de métodos obsoletos, como medios físicos de almacenamiento o herramientas como Excel.

¿Existen sanciones por no pagar a tiempo la prima de servicios?

Como ya sabes la ley ha estipulado unos plazos máximos para realizar el pago de la prima de servicios, pero en caso de que el empleador no realice los pagos dentro de estos plazos no se encuentra contemplada alguna consecuencia o sanción por este comportamiento. Esto quiere decir que el empleador no debe pagar ningún tipo de sanción ni intereses por la demora en el pago de la prima de servicios.

Sanciones por no pagar la prima de servicios al terminar un contrato laboral

Si el empleador termina un contrato de trabajo y no paga la prima de servicios junto con los demás pagos laborales que le adeude al trabajador, puede ser causal de una indemnización moratoria teniendo en cuenta los lineamientos del Artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo. También te puede interesar: ¿Qué debes pagar en la liquidación de un contrato?

Otros aspectos que debes tener en cuenta

Al calcular la prima de servicio es posible que se presenten diferentes situaciones en particular que requieren un tratamiento o una consideración especial, estos casos particulares los mencionaremos a continuación.

¿Es posible realizar un pago anticipado o fraccionado de la prima de servicios?

Según lo indica la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en su sentencia 2846 del 12 de junio de 1990, el empleador puede optar por pagar la prima de servicios antes de las fechas establecidas o pagarla mensualmente junto con la provisión que realiza mensualmente, ya que esto no cuenta con ninguna prohibición legal ni va contra los intereses del trabajador. 

Suspensión del contrato y efectos en la prima de servicios

Según el Artículo 53 del Código Sustantivo del Trabajo, el tiempo en el que el trabajador tenga suspendido su contrato de trabajo no afecta el derecho que este tiene a la prima de servicios, pero su cálculo sí se ve afectado ya que al estar suspendido el contrato deja de recibir el salario que se tiene como base para realizar el cálculo de la prima de servicios.

Incapacidad del trabajador y prima de servicios

Según lo indica la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en la Sentencia del 15 de abril de 1997, expediente 9119. La incapacidad laboral no afecta la prima de servicios de forma que esta se liquida como si el trabajador haya trabajado de manera efectiva. Por otro lado, la incapacidad laboral no suspende el contrato de trabajo, por tal razón para efectos de liquidar la prima de servicios, el tiempo de incapacidad no se debe descontar, y es considerado para todos los efectos como tiempo laborado.

¿Es posible embargar la prima de servicios?

Para este caso es importante tener en cuenta los lineamientos del Artículo 344 del Código Sustantivo del Trabajo; este indica que las prestaciones sociales son inembargables, lo que quiere decir que al ser la prima de servicio una prestación social no se puede embargar.

Cabe destacar que el mismo Artículo señala las excepciones en las que es posible embargar la prima de servicios y el tope máximo para hacerlo es del 50% de su monto.

Estos son los aspectos principales que debes conocer acerca de la prima de servicios. Ten en cuenta cada uno de los lineamientos para que evites los errores a la hora de calcular la prima de servicios. El software de nómina de Loggro se ajusta a todas tus necesidades para que realices esta y otras operaciones relacionadas con la nómina de tu empresa. También contamos con un equipo especializado que resolverá todas tus dudas en el momento que más lo necesites.

Sobre el Autor:

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